«El pleno del Ayuntamiento de Majadahonda solicita al Equipo de Gobierno actualizar la Ordenanza Reguladora de las Terrazas Accesorias a Establecimientos de Hostelería y Restauración, aprobada en febrero del año 2013, y que inicie reuniones con los sectores implicados para que sean una realidad lo antes posible y en cualquier caso antes de que termine la actual legislatura». Esta moción del Grupo Municipal de «Vecinos por Majadahonda», que defendió el concejal y portavoz municipal, Carlos Bonet, fue apoyada por toda la Oposición (Vox, PSOE y Más Madrid-IU) pero la mayoría absoluta del PP la rechazó (15-10). Los argumentos para defender la moción fueron estos:

El portavoz municipal, Carlos Bonet, y el portavoz adjunto, Federico Martínez, en el pleno del Ayuntamiento
«CON ESTA MOCIÓN DESDE “VECINOS POR MAJADAHONDA” QUEREMOS RECORDAR UNA SITUACIÓN que padecemos como vecinos que somos y vivimos el día a día de nuestro municipio y paseamos por sus diferentes zonas, en especial donde hay instaladas terrazas. Desde siempre, y en particular cuando llega el buen tiempo, surgen numerosas quejas de vecinos que han llegado hasta nuestro grupo municipal por la ocupación indebida y el abuso de determinados hosteleros que no cumplen con la actual Ordenanza Reguladora de las Terrazas Accesorias a Establecimientos de Hostelería y Restauración. La ocupación de espacios en la vía pública con sombrillas, mesas y sillas que no les corresponde, sobredimensionando las terrazas en exceso, ocasiona molestias a los vecinos y en particular a los que van con carritos con niños o a los adaptados para personas con movilidad reducida. Y lógicamente esta situación también provoca un perjuicio al resto de profesionales que cumplen dicha normativa, la cual debe garantizar que las condiciones son las mismas para todos ellos».
«LA SITUACIÓN SE TORNA MUCHO MÁS GRAVE SI SE PRODUJERA UNA URGENCIA SANITARIA O DE SEGURIDAD, como podría ocurrir perfectamente en la Gran Vía en particular, donde servicios públicos como Bomberos, Ambulancias, Policía local o Guardia Civil, podrían tener problemas para actuar con la máxima rapidez y eficacia que puedan necesitar en ese momento de necesidad. Desde “Vecinos por Majadahonda” pensamos que sería bueno actualizar la normativa actual y acentuar la exigencia para que se cumpla por el bien de todos los que vivimos en Majadahonda o de los visitantes que vienen a conocerla o transitarla. De ahí esta Moción, ya que consideramos que sería muy positivo que desde el Equipo de Gobierno se mantengan reuniones tanto con los hosteleros vía Círculo de Empresarios como con los vecinos afectados de las diferentes zonas de Majadahonda y se actuara en consecuencia. Por lo tanto, insistimos en que se hagan las modificaciones oportunas a la normativa actual, que procede del 27 de febrero del 2013, ya que hay numerosos vecinos y hosteleros que nos manifiestan su descontentos con la actual legislación y reclaman su modernización. Desde “Vecinos por Majadahonda” sugerimos que se realice un estudio previo para comprobar su cumplimiento zona por zona del municipio, ya que como sabemos cada zona de ocio u hostelería posee su peculiaridad, por lo que sería bueno adaptarlas a dichos entornos. Y sobre todo, contar con la colaboración de nuestra Policía Municipal, que hasta donde sabemos por lo que nos manifiestan sus agentes, carecen de los recursos humanos necesarios para llevar a buen término su labor de control para que sea efectiva dicha normativa».
«EN BREVE TENDREMOS EN SEPTIEMBRE NUESTRAS FIESTAS PATRONALES DE MAJADAHONDA 2026 y consideramos que sería muy positivo que todos nuestros hosteleros que quieran participar en estas Fiestas lo puedan hacer dándoles las máximas facilidades. Sin embargo, junto a esta derecho también se deben exigir a todos el deber cumplir las mismas condiciones de legalidad, para que la actividad comercial en esas fechas sea lo más activa y beneficiosa posible para dicho sector. Los festejos son muy deseados por los vecinos y es objetivo de todos poder disfrutar de unas Fiestas con la máxima seguridad, para que tanto nuestra Policía Local como Guardia Civil desempeñen su trabajo con la máxima eficacia y gran profesionalidad que les precede. El Grupo Municipal de “Vecinos por Majadahonda” apuesta por el comercio local de proximidad como es en este el caso el de la Hostelería en general, pero queremos tener una normativa más clara y actualizada para todos ellos. Un punto muy importante es que garantice al máximo la Seguridad en toda su amplitud y que por ello la hostelería y el ocio ocasione las mínimas molestias a los vecinos, ya que la convivencia debe de ser la base de la buena vecindad».
«QUEREMOS CONCRETAR POR ELLO LOS ARTÍCULOS DEL ACTUAL ORDENANZA REGULADORA DE LAS TERRAZAS ACCESORIAS A ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN QUE CONSIDERAMOS SUSCEPTIBLES DE REFORMA bien por no cumplirse o por quedar manifiestamente obsoletos: Capítulo II: De la instalación. Artículo 3. Condiciones de ocupación. 1. En las vías públicas de tráfico rodado, las terrazas podrán instalarse únicamente en la acera peatonal y siempre que su anchura mínima sea al menos de 3 m, y así permitir un paso mínimo libre de obstáculos de 1,5 m, a ser posible junto a fachada y que no podrá ser reducido en ningún caso. La separación entre la terraza y el bordillo de la calzada será suficiente para garantizar la seguridad de las personas, disponiendo siempre de elementos de protección o seguridad frente al tráfico rodado. 2. En las vías públicas peatonales, las terrazas podrán instalarse cuando la anchura mínima de la calle sea de 3 m, o de 6 m en caso de calles peatonales con acceso para tráfico rodado circunstancial (por garajes o espacios de carga y descarga). En el caso de que el ancho de la calle peatonal sea superior a 6 m, las terrazas deberán guardar una distancia mínima de separación al eje central de la vía, para el tránsito peatonal o el acceso rodado en su caso, de 2,5 m en el caso de la Gran Vía y ampliación, y de 1,60 m en el resto de calles, no pudiéndose instalar en este último caso ningún elemento de carácter fijo para que así se mantenga el acceso expedito en caso de emergencia.
3. EN LAS VÍAS PÚBLICAS PEATONALES SE PODRÁ SITUAR LA TERRAZA JUNTO A LA FACHADA DEL EDIFICIO, salvo que se justifique, previo informe técnico municipal, otra opción de colocación más adecuada al itinerario peatonal o que mejor garantice la accesibilidad. En las terrazas situadas junto a fachada, deberá respetarse un ancho mínimo según la puerta de salida, incrementado en 50 cm a ambos lados, libre de mobiliario para acceso al establecimiento. En caso de que existan dos locales enfrentados en una calle peatonal, será el Ayuntamiento, siempre que los titulares de las licencias no lleguen a acuerdo, quien determine, de forma equitativa y proporcional a la longitud de las fachadas de los locales, la ubicación de las terrazas atendiendo al ancho de la calle. 5. La longitud de las terrazas en suelo público no podrá rebasar la del establecimiento, salvo autorización expresa de los titulares de las licencias de los establecimientos contiguos, o si éstos carecen de actividad la de sus propietarios, quedando el consentimiento sin efecto y sin derecho a indemnización en caso de cambio del titular autorizante o de revocación por éste de la autorización. En este último caso la longitud de la terraza no podrá exceder, en ningún caso, del doble de la fachada del propio establecimiento.
